Archivo, seguridad, organización y recuperación de la historia clínica ocupacional se rigen por las normas vigentes para la historia clínica (11:32 a.m.)
Openx [71](300x120)
71883
14 de Febrero de 2011
Escucha esta noticia audio generado con IA
Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis
El archivo, seguridad, producción, recepción, distribución, consulta, organización, recuperación, disposición y conversión a sistemas de información, tiempo de conservación y disposición final de la historia clínica ocupacional se rigen por las normas legales vigentes para la historia clínica, es decir, la Resolución 1995 de 1999 y las demás pautas que fije el Ministerio de la Protección Social. Así lo precisó la entidad, en reciente consulta.
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!