Archivo, consulta, recuperación y disposición de la historia clínica ocupacional se rige por las normas vigentes para la historia clínica (3:57 p.m.)
08 de Septiembre de 2010
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Nota:
68544
El archivo, seguridad, producción, recepción, distribución, consulta, organización, recuperación, disposición, conversión a sistemas de información, tiempo de conservación y disposición final de la historia clínica ocupacional se rige por las normas legales vigentes para la historia clínica, es decir, la Resolución 1995 de 1999 y demás pautas que precise el Ministerio de la Protección Social. Así lo señaló la entidad, en concepto del 18 de agosto.
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