Laboral
Mintrabajo publica abecé de proyecto que crea mecanismo de protección al cesante
28 de Agosto de 2012
El Ministerio del Trabajo publicó un abecé en el que aclara los principales aspectos del proyecto de ley que implementaría una política de protección al trabajador cesante.
Según la entidad, la iniciativa busca, entre otros objetivos, brindar asesoría permanente para el reenganche laboral, capacitación para el trabajo y protección económica para quien pierde el empleo.
A mediados de este mes, el jefe de esa cartera, Rafael Pardo, aseguró que el proyecto protege las cesantías y establece que, además de vivienda y estudio, podrán destinarse a satisfacer las principales necesidades económicas que trae la pérdida del empleo.
“Buscamos que aquellas personas que pierden su empleo formal puedan utilizar sus cesantías para proteger un periodo de desempleo. Es decir, que haya un ‘colchón’ de ingresos adecuado con el que se puedan satisfacer las principales necesidades”, aseguró el ministro.
¿Qué beneficios contempla la iniciativa?
Un ingreso mensual durante los primeros seis meses en los que se está sin empleo, para satisfacer las necesidades básicas, evitar que esta persona pase al sector informal e impedir que pierda su servicio de salud y los beneficios de la caja de compensación.
Además, tendrá acceso a servicios de orientación para la búsqueda de trabajo, a través del Servicio Público de Empleo, que le permitirá conocer información sobre empleos vacantes en los sectores público y privado.
¿Quiénes podrán acceder a esta política?
Todos los trabajadores formales de los sectores público y privado sobre quienes los empleadores hayan realizado aportes a las cuentas individuales de protección al cesante y a las cajas de compensación familiar, por un periodo no inferior a 12 meses continuos o discontinuos. También, los trabajadores independientes o con salario integral que voluntariamente quieran hacer uso del mecanismo y cumplan estos mismos requisitos.
¿Cómo funcionará la política de protección al trabajador cesante?
El sistema de aportes a las cesantías seguirá funcionado como hasta ahora. Es decir, serán consignadas por los empleadores en los fondos de cesantías, y el trabajador podrá utilizarlas para compra de vivienda y pago de educación.
Al mismo tiempo, una parte de ellas irá a un ahorro en las cuentas individuales de protección al cesante, que le permitirá a la persona contar con esos recursos para garantizar que, en caso de perder el empleo, reciba un ingreso durante seis meses, proporcional al salario que venía ganando.
¿Cuando los aportes del desempleado no alcanzan para cubrir estos seis meses o se agotan los recursos de la cuenta de ahorros individual, queda desprotegido?
No, con esta ley se crea el Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Desempleo, que garantizará un seguro solidario por un periodo que no superará los seis meses, una vez se hayan agotado los ahorros de las cuentas de ahorro individuales. Esa persona recibirá una prestación del Fondo de Solidaridad, que se financiará redistribuyendo los recursos que hoy administran las cajas de compensación familiar.
¿Cómo se confirma que la persona realmente perdió el empleo?
A través de una carta o certificación del empleador, donde indique la fecha de terminación de la relación de trabajo. Con este documento, el trabajador podrá informar al Fondo de Cesantías su nueva condición y solicitar el estado de su cuenta.
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