Laboral
Crean procedimiento extraordinario para provisión de plazas de servicio social obligatorio
14 de Septiembre de 2015
El artículo 12 de la Resolución 2358 del 2014 prevé la asignación directa de plazas del servicio social obligatorio (SSO) de medicina, odontología, enfermería y bacteriología en los casos de no asignación, vacancia por renuncia o por no aceptación del profesional.
El Ministerio de Salud evidenció situaciones excepcionales que exigen la prestación urgente del servicio por fuera de los plazos y cronogramas establecidos.
Ahora, a través del Comité de Servicio Social Obligatorio, la cartera podrá autorizar la asignación directa de plazas por parte de la IPS cuando se evidencien situaciones excepcionales relacionadas con la atención de emergencias, brotes y epidemias que requieren aumentar el número de profesionales de la salud, el cierre, fusión y liquidación de IPS que afectan la continuidad de los profesionales que atienden los servicios, y otras eventualidades que hacen necesaria e imprescindible la presencia del talento humano en salud. De esta manera, modificó la Resolución 2358 del 2014.
Al respecto, la entidad recordó que el SSO debe ser prestado en poblaciones deprimidas urbanas o rurales o de difícil acceso a los servicios de salud, en entidades relacionadas con la prestación de servicios, la dirección, la administración y la investigación en las áreas de la salud, sobre las cuales el Estado debe velar y promover que las IPS, las instituciones de protección social y las direcciones territoriales de salud ofrezcan un número de plazas suficientes, acorde con las necesidades de la población en su respectiva jurisdicción y con el número de egresados de los programas de educación superior de áreas de la salud.
(Minsalud, Resolución 3391, 9/2/2015 )
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