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Laboral


Renuncia a un empleo público no debe motivarse

Todo aquel que sirva a un empleo de voluntaria aceptación puede renunciar libremente.
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29 de Junio de 2016

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La renuncia a un empleo es un acto unilateral, libre y espontáneo del servidor público, mediante el cual expresa su voluntad de dejar el cargo que ocupa, para que la administración aceptando esta solicitud lo desvincule del empleo y, en ese sentido, la renuncia a un empleo no debe motivarse, precisó el Departamento Administrativo de la Función Pública.

 

De acuerdo con lo previsto en el Decreto Ley 2400 de 1998, sobre administración del personal civil, la providencia por medio de la cual se acepta la renuncia deberá determinar la fecha de retiro y el empleado no podrá dejar de ejercer sus funciones antes del plazo señalado, so pena de incurrir en las sanciones a que haya lugar por abandono del cargo.

 

La fecha que se determine para el retiro no podrá ser posterior a 30 días después de presentada la renuncia, al cumplirse este plazo el empleado podrá separarse del empleo sin incurrir en abandono del empleo, indicó la entidad.

 

Así mismo, el Decreto 1083 del 2015, único reglamentario de la Función Pública, dispone que todo aquel que sirva a un empleo de voluntaria aceptación puede renunciarlo libremente, estando terminantemente prohibidas y careciendo de valor absoluto las renuncias en blanco o sin fecha determinada o mediante cualquier otra circunstancia que ponga con anticipación en manos del jefe del organismo la suerte del empleado.

 

DAFP, Concepto 111231, May. 23/16

 

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