Actas extra convencionales no pueden adicionar o modificar la convención colectiva de trabajo (4:15 p.m.)
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30 de Enero de 2012
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Las actas extra convencionales, es decir, aquellas celebradas por fuera de las convenciones colectivas de trabajo, pueden aclarar aspectos de estas últimas o solucionar problemas de interpretación, pero no contener adiciones o modificaciones, señaló el Ministerio de la Protección Social. Una convención colectiva es considerada como un acto solemne, contractual y fuente formal de derecho, el cual goza de unos requisitos especiales en su trámite y adopción, según las normas laborales. Por lo tanto, esta es modificable solo a través de otra convención, por fallo arbitral o por el mecanismo de revisión, recordó la entidad.
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