11 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 4 hours | ISSN: 2805-6396

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Toda persona puede acceder a los servicios públicos domiciliarios, si cumple las condiciones previstas por la empresa prestadora (9:42 a.m.)

31 de Agosto de 2010

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Nota:
68375
Toda persona tiene derecho a recibir los servicios públicos domiciliarios, siempre y cuando esta y el inmueble cumplan las condiciones y requisitos previstos por la empresa prestadora que, a su vez, tiene derecho a saber quién es su contraparte en el negocio, como en toda relación contractual, recordó la Superintendencia de Servicios Públicos, en concepto de julio. Para los servicios de acueducto y alcantarillado, indicó, el artículo 7 del Decreto 302 del 2000 estableció los requisitos para obtener la conexión, sin los cuales no se podrá acceder.

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