Titulares de licencias de conducción deben esperar la reglamentación del Ministerio de Transporte para proceder al cambio o refrendación (3:58 p.m.)
24 de Junio de 2010
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Nota:
67073
Teniendo en cuenta lo previsto por la Ley 1383 del 2010, sobre las nuevas condiciones técnicas de las licencias de conducción, los titulares actuales de dichas licencias, que tienen que cambiarla o refrendarla, deben esperar la programación que para el efecto expida el Ministerio de Transporte, así como la reglamentación del respectivo formato único de licencia de conducción, preciso la entidad, en reciente concepto.
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