15 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 13 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / General


Situaciones de acoso laboral deben menoscabar la honra y honor de la víctima para considerarse una conducta injuriosa (4:26 p.m.)

05 de Marzo de 2012

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Nota:
79474
La Corte Suprema de Justicia señaló que las situaciones de acoso laboral se consideran conductas injuriosas, si estas tienen la real capacidad de menoscabar la honra y el honor de la víctima. Ello es así porque el principio de lesividad exige una antijuridicidad material y no formal, esto es, que debe tratarse de un comportamiento que afecte las necesidades del sistema social en su conjunto y que sus consecuencias se puedan constatar en la realidad social. En esa medida, indicó que no pueden ser amparados por el derecho penal bienes jurídicos por motivos únicamente morales. De esta forma, la Sala Penal revocó la condena impuesta a una juez por las expresiones descorteses y humillantes con las que se refería a sus empleados. A juicio del alto tribunal, estas no alcanzaban la intensidad para alterar efectivamente el derecho a la integridad moral (M.P. Javier Zapata Ortiz).

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