Para controvertir facturas de servicios públicos, el usuario o suscriptor debe acreditar el pago de las sumas que no son objeto de recurso (9:51 a.m.)
10 de Mayo de 2010
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Nota:
66172
Aunque las empresas de servicios públicos no pueden exigir la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con la misma, ya que se limitaría el ejercicio del derecho del suscriptor o usuario de controvertir las decisiones de la empresa, este sí debe acreditar el pago de las sumas que no son objeto de recurso o el promedio del consumo en los últimos cinco periodos, pues el carácter oneroso del contrato de condiciones uniformes indica que debe realizarse el pago de lo que se reconoce deber y abstenerse de pagar lo que está en discusión.
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