Servicios de telefonía fija y televisión por suscripción no serán cobrados a damnificados por el inverno que no los reciban (5:50 p.m.)
30 de Diciembre de 2010
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Nota:
71011
Las empresas de telefonía fija y de servicios de televisión por suscripción no podrán cobrar estos servicios a los damnificados que no puedan hacer uso de los mismos, dispuso el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (Mintic), en reciente decreto ley al amparo del estado de emergencia económica, social y ecológica (Decreto 4580/10). Los operadores, para expedir sus facturas, deberán tener en cuenta la información suministrada por el Sistema de Atención de Desastres y el Registro Único de Damnificados. La medida se mantendrá durante la vigencia de la emergencia.
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