Reglamentan la distribución parcial de las transferencias territoriales para el sector educativo (4:02 p.m.)
11 de Abril de 2011
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Nota:
72886
El Gobierno acaba de establecer los parámetros para la distribución de los recursos del Sistema General de Participaciones (SGP) para el sector educativo, en su componente calidad - matrícula oficial, previsto en el artículo 16 de la Ley 715 del 2001 (transferencias territoriales), a los distritos, municipios y áreas no municipalizadas de los departamentos del Amazonas, Guainía y Vaupés. El Decreto 1122 del pasado 8 de abril faculta al Departamento Nacional de Planeación (DNP) para definir, en coordinación con el Ministerio de Educación, la metodología para la asignación de tales recursos.
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