Procuraduría dictó instrucciones sobre la calificación de los delitos del tipo penal de homicidio en persona protegida (8:54 a.m.)
19 de Octubre de 2010
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Nota:
69605
La Procuraduría General de la Nación emitió un instructivo a los procuradores judiciales en lo penal y operadores disciplinarios, para el análisis del tipo penal denominado homicidio en persona protegida, previsto en el artículo 135 del Código Penal, y la calificación de la falta disciplinaria, descrita en el numeral 7 del artículo 48 del Código Disciplinario Único. El objetivo es que los funcionarios puedan valorar y considerar los aspectos objetivos que configuran la descripción típica y los elementos subjetivos de dichos delitos. El Ministerio Público indicó que en la etapa de instrucción de los procesos disciplinarios se debe indicar que la indagación preliminar o la investigación disciplinaria se adelanta por el delito de homicidio sin entrar a establecer la calificación o modalidad en que se cometió. Precisó que la calificación solo es posible hacerla, provisionalmente, en el pliego de cargos. Finalmente, la directiva señala los elementos del tipo penal de homicidio en persona protegida, precisa la noción de conflicto armado y el alcance de la expresión “hechos cometidos con ocasión del conflicto armado”.
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