Para que un tipo de vivienda sea considerado de interés social no es necesario que pertenezca a un programa estatal (10:37 a.m.)
08 de Enero de 2010
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Nota:
64030
El Ministerio de Ambiente recordó que la vivienda de interés social (VIS) se encamina a garantizar el derecho a la vivienda de los hogares de menos ingresos. En reciente concepto, reiteró que en este tipo de residencias se deben cumplir con los postulados de vivienda digna, sobre lo cual se ha pronunciado la Corte Constitucional. Además, no es obligación que para que un tipo de casa sea considerado como VIS pertenezca a un programa del Estado, pues la ley determina que la condición es que cumpla con el valor máximo del tipo de vivienda (135 salarios mínimos legales mensuales vigentes).
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