12 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 1 hour | ISSN: 2805-6396

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Noticias / General


Omisión en atender los llamados de la ciudadanía y adoptar medidas que mitiguen riesgos puede constituir falla del servicio por parte de las autoridades (2:58 p.m.)

30 de Noviembre de 2011

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Nota:
77589
La Policía Nacional puede incurrir en falla del servicio por desatender las llamadas de aviso de los ciudadanos que denuncian la presencia de objetos peligrosos en el espacio público. Según el Consejo de Estado, la fuerza pública no puede excusarse en la premura de la situación de emergencia y riesgo, que no les permita el despliegue ideal, completo y eficaz para evitar la activación de un artefacto explosivo. Su obligación es la de procurar la protección, el bienestar y la tranquilidad de la población civil, por lo que debe hacer presencia en el lugar de los hechos con el fin de confirmar la información recibida y, de acuerdo con ello, aplicar todo el esfuerzo posible para controlar el pánico y prevenir o reducir los posibles daños, señaló la Sección Tercera. El alto tribunal declaró responsable administrativa y patrimonialmente a la Policía Nacional, por los daños causados a varios ciudadanos como consecuencia de una onda explosiva que afectó sus inmuebles y ocasionó lesiones personales, al ser activado un artefacto que fue abandonado en la Unidad de Policía Judicial del municipio de Chiquinquirá (Boyacá). Explicó que aunque el hecho fue consumado por sujetos al margen de la ley, la falta de control y enfrentamiento por parte de la Policía comprometió su responsabilidad, pues permitió que se incrementara el riesgo y que sus efectos resultaran potencialmente mortales (C. P. Danilo Rojas).

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