Minhacienda establece procedimiento para ejecutar recursos parafiscales (4:40 p.m.)
30 de Diciembre de 2013
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Nota:
93571
El Gobierno decretó que los recursos parafiscales cafeteros, agropecuarios, pesqueros, así como los recaudados por estampillas nacionales, contribuciones de cámaras de comercio y fondos de estabilización de precios de combustibles y de promoción turística deberán ser enviados al Consejo Superior de Política Fiscal (Confis), a fin de que esta instancia autorice su uso, de acuerdo con lo previsto en el artículo 12 de la Ley 179 de 1994 (modificado por el artículo 81 de la Ley de Presupuesto). Así las cosas, será esta autoridad la encargada de determinar la ejecución de recursos de esta naturaleza para el 2014. Con base en la misma norma, se exceptúan de este procedimiento los recursos parafiscales necesarios para el sostenimiento del sistema de seguridad social.
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