15 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 18 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / General


Los beneficiarios del régimen de transición de la Ley 100 que por un lapso de 10 años hubieren laborado en la Rama Judicial o el Ministerio Público tienen un régimen especial (8:00 a.m.)

21 de Noviembre de 2011

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Nota:
77272
El Consejo de Estado indicó que los beneficiarios del régimen de transición de la Ley 100 de 1993 que por un lapso de 10 años hubieren laborado en la Rama Judicial o en el Ministerio Público tienen un régimen especial, pues la Ley 33 de 1985 estableció que no sería aplicable a los empleados oficiales que disfrutaran de un régimen especial de pensiones. Así las cosas, estos funcionarios conservan el derecho a disfrutar de una pensión igual al 75 % de la asignación mensual más elevada devengada en el último año de servicios. Esta asignación incluye la básica mensual fijada por la ley para el empleo y todas las sumas que reciba el empleado como retribución por sus servicios, a menos que sea un factor expresamente excluido (C.P. Víctor Hernando Alvarado Ardila).

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