Esta son las medidas que refuerzan la atención a víctimas de ataques con ácidos
19 de Julio de 2019
El Gobierno sancionó una ley que busca priorizar los derechos de atención en salud y promover el acceso al trabajo de las personas víctimas de ataques con sustancias o agentes químicos corrosivos a la piel. (Lea: Proyecto para reforzar protección a víctimas de ataques con ácidos, a último debate)
Esta nueva norma modifica el artículo 5º de la Ley 1639 del 2013 y ahora los afectados con dichos ataques deberán ser considerados víctimas de enfermedad catastróficas.
Además, señala que los tratamientos requeridos no tendrán costo alguno y estarán a cargo del Estado, agotando, en primera instancia, los cargos que procedan a pólizas de salud, medicina prepagada o al Sistema General de Seguridad Social en Salud. (Lea: ¿Qué es lo novedoso de la nueva ley sobre ataques con ácido?)
El Ministerio de Salud garantizará el acceso a los insumos, procedimientos y tecnologías que el médico tratante o especialista requieran para atender oportunamente a una víctima de ataque con sustancias o agentes químicos corrosivos a la piel.
De igual manera, las EPS no podrán suspender el tratamiento, negarlo o retrasarlo, y deberán garantizar al afiliado, en menos de 24 horas, todo lo solicitado por el médico tratante para su atención.
A su vez, el Ministerio de Salud se encargará de que los médicos de rotación de urgencias tengan capacitación permanente en las principales unidades de quemados del país y conozcan el tratamiento inmediato de una persona atacada por dichas sustancias.
También se establecerán medidas dirigidas a fortalecer y apoyar las unidades de atención de quemados del país con mayor infraestructura, tecnología e inversión, teniendo en cuenta que atienden condiciones de salud grave.
Por último, Medicina Legal y la Superintendencia de Salud deberán rendir un informe anual a la Comisión Séptima del Senado y la Cámara, dando cuenta del número de víctimas de este delito.
Ley 1639 del 2013
En el 2013 se expidió una ley para atacar este flagelo, a los agresores con ácido y agentes químicos se les estableció un techo de 10 años de prisión y multas hasta de 54 salarios mínimos; también se determinó un aumento de la pena desde una tercera parte a la mitad en caso de que la lesión se ocasionara en el rostro.
Igualmente, se ordenó la creación de un registro de control para la venta al menudeo de ácidos, álcalis, sustancias similares o corrosivas que generen daño o destrucción al entrar en contacto con el tejido humano.
Así mismo, se creó la ruta de atención integral para las víctimas de ataques con ácidos, que incluye información sobre sus derechos, medidas y recursos con los que cuenta (medios judiciales, administrativos y de atención en salud, hasta la posibilidad de brindar ocupación o continuidad laboral).
Congreso de la República, Ley 1971, 12/07/19.
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