11 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 10 minutes | ISSN: 2805-6396

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Noticias / General


Jueces no pueden otorgar detención domiciliaria con base en dictámenes de medicina legal, so pena de incurrir en faltas disciplinarias (9:30 a.m.)

30 de Agosto de 2010

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Nota:
68416
El Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca recordó que para atender los casos excepcionales en que procede la sustitución de la detención en establecimiento carcelario por detención domiciliaria bajo el mecanismo de vigilancia electrónica no solo se puede tener en cuenta el diagnóstico emitido por medicina legal, sobre la enfermedad del condenado, pues este es un criterio orientador para el juez que toma la decisión. El operador judicial está obligado a analizar las circunstancias del sentenciado y evaluar si puede recibir atención en centro carcelario. Por tal razón, la Sala Disciplinaria formuló cargos contra la Juez Séptima de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá por otorgar la sustitución a Edilberto Castro Rincón, sentenciado por la Corte Suprema por los delitos de homicidio agravado, celebración de contrato sin cumplimiento de requisitos legales, peculado por apropiación y concierto para delinquir, sin la suspensión condicional de la ejecución de la pena ni prisión domiciliaria (M. P. Adolfo León Castillo).

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