Importante reforma al Código Nacional de Tránsito llega a penúltimo debate (8:32 a.m.)
27 de Octubre de 2016
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Nota:
122892
El proyecto de ley fue aprobado por la plenaria de la Cámara de Representantes en segundo debate. La iniciativa modificaría la Ley 769 del 2002 (Código de Tránsito) en el sentido de prohibir que se establezcan cuotas o número mínimo de comparendos dentro de los convenios celebrados entre la Dirección General de la Policía y la policía urbana de tránsito. También prohíbe el establecimiento de zonas de espacio público de prohibición permanentes, salvo por razones de seguridad debidamente justificadas; en todos los demás eventos, la señalización deberá indicar los días y horas en los cuales no opera la prohibición. Por otra parte, y tratándose de infracciones subsanables, la autoridad de transito tendrá la obligación de conceder un plazo de una hora para que la persona pueda remediar la falta. Si el agente de tránsito no concede el término antes señalado y ordena la inmovilización del vehículo responderá penal y disciplinariamente por el abuso de autoridad y patrimonialmente por los perjuicios ocasionados al propietario o poseedor del vehículo. La iniciativa también establece el procedimiento aplicable para el pago o replica de los comparendos impuestos por autoridad competente y señala que en los casos en que la infracción sea detectada por medios tecnológicos que permitan comprobar la identidad del vehículo o del conductor, el soporte de la comisión de la infracción se remitirá a la dirección registrada del último propietario del vehículo, para iniciar el trámite administrativo sancionatorio correspondiente. El proyecto pasa a estudio del Senado, en penúltimo y último debate.
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