Facturación de consumos no cobrados en periodos anteriores no significa la imposición de sanciones pecuniarias al usuario (9:22 a.m.)
04 de Febrero de 2010
Reproducir
Nota:
64844
La facturación de consumos no cobrados en periodos anteriores no es una práctica de imposición de sanciones pecuniarias al usuario, por lo que es ajustado a la ley que las empresas tomen las medidas legales y contractuales que estén a su alcance para determinar los consumos no facturados y obtener su pago, siempre teniendo en cuenta el debido proceso y el derecho de defensa de los usuarios, precisó la Superintendencia de Servicios Públicos. De otra parte, la entidad recordó que la Corte Constitucional, mediante Sentencia SU-1010 del 2008, reiteró de manera definitiva que los prestadores de servicios públicos domiciliarios no están facultados por la ley para imponer sanciones de contenido pecuniario a los suscriptores o usuarios del servicio.
Opina, Comenta