Experiencia en un empleo del nivel asistencial o técnico no puede contabilizarse como experiencia profesional
125403
18 de Mayo de 2021
Escucha esta noticia audio generado con IA
La experiencia adquirida en el ejercicio de un empleo del nivel asistencial o técnico, así se cuente con la terminación y aprobación del respectivo pensum académico de una formación profesional, no podrá contabilizarse como experiencia profesional, pues la naturaleza general de las funciones del empleo del nivel asistencial o técnico al profesional es diferente, precisó el Departamento Administrativo de la Función Pública. La experiencia profesional es aquella adquirida a partir de la terminación y aprobación del pensum académico de la respectiva formación profesional, en el ejercicio de las actividades propias de la profesión o disciplina académica exigida para el desempeño del empleo, es decir, se adquiere en el ejercicio de las actividades propias de la profesión o disciplina exigida para el desempeño del empleo y se contabiliza una vez se terminan y aprueban todas las materias del pensum académico de la respectiva profesión, de manera que podrá computarse como tal cuando la misma se adquiera en el ejercicio de funciones propias de una profesión.
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!