Estas son las razones del Tribunal del Valle para excluir a la Superfinanciera de responsabilidad por daño de captadora DRFE (8:20 a.m.)
30 de Septiembre de 2014
Reproducir
Nota:
63522
El Tribunal Administrativo del Valle sostuvo que la administración puede quedar excluida de responsabilidad extracontractual por los daños antijurídicos que se hayan podido generar frente a captaciones de dinero ilegales que adelantó la firma DRFE, con posterioridad a su intervención, a manos de la Superintendencia Financiera. La corporación sostuvo que durante las operaciones de la firma, y hasta antes de la aludida intervención, la demandada actuó en ejercicio de sus competencias, de acuerdo con las herramientas vigentes antes la expedición del Decreto 4333 del 2008, que declaró el estado de emergencia social, por cuenta de las calamidades generadas por esta nueva forma de captación. Según el análisis del tribunal, se trataba de una modalidad desconocida, teniendo en cuenta, entre otras, que las captadores se constituían como ejecutoras de actividades distintas a la que realmente desempeñaban. Además, en este caso, la actora no probó el daño ni la falla en el servicio, conforme se lo exigía el artículo 117 del Código de Procedimiento Civil, resaltó el fallo. En su criterio, el perjuicio obedeció a la culpa exclusiva de la víctima, que invirtió su dinero en un establecimiento ilegal y por causa de un tercero que la condujo a ello, pese a las advertencias del Gobierno y otras autoridades ya conocidas para la época (M. P. Adriana Bernal Vélez).
Opina, Comenta