ESP no pierden su naturaleza por solicitar la exclusión de las actividades relacionadas con residuos peligrosos (3:14 p.m.)
25 de Enero de 2010
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Nota:
65047
La Superintendencia de Servicios Públicos aclaró que la Resolución 53645 del 2008, que autorizó la exclusión de oficio del Registro Único de Prestadores (RUPS) a las personas que realizan actividades relacionadas con residuos peligrosos, infecciosos, hospitalarios y similares, se refiere a que la exclusión se cumple automáticamente para las empresas que se dedican exclusivamente a este actividad, pues ya no son vigiladas por esta superintendencia. Pero, en caso de que preste un servicio público domiciliario, y además se realicen actividades relacionadas con residuos peligrosos, solo se debe solicitar la exclusión de esta última actividad del registro sin modificar estatutos ni dejar de ser una ESP.
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