Escuelas de conducción tienen seis meses de plazo para cumplir nuevos requisitos para operar legalmente (11:51 a.m.)
02 de Agosto de 2010
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Nota:
67712
Teniendo en cuenta que la Ley 1397 del pasado 14 de julio (reforma al Código Nacional de Tránsito Terrestre) facultó a los centros de enseñanza automovilística para realizar el examen teórico de conducción y, opcionalmente, el examen práctico, el Gobierno revisará la reglamentación vigente sobre la constitución y el funcionamiento de esos establecimientos. El Ministerio de Transporte acaba de fijar un plazo de seis meses para que los centros actualmente autorizados se ajusten a los requisitos previstos en el Decreto 1500 del 2009, la Resolución 3245 del 2009 y los que se adicionen en virtud de la citada ley.
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