Entidades estatales no pueden recuperar los recursos recaudados en procesos de responsabilidad fiscal (10:18 a.m.)
03 de Noviembre de 2010
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Nota:
69289
El dinero recaudado por concepto de fallos con responsabilidad fiscal debe ser consignado a la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional y a los tesoros departamentales y municipales, en el orden territorial, pues el daño se predica del patrimonio del Estado como unidad común y no de una entidad particular, precisó la Contraloría General de la República, en reciente oficio. Por lo tanto, señaló la entidad, los trámites particulares para recuperar recursos recaudados son inviables, ya que estos se funden nuevamente con el patrimonio estatal, siendo improbable su individualización.
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