15 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 16 hours | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / General


En vigencia de la Ley 909 del 2004, la desvinculación de los nombrados en provisionalidad debe ser motivada (12:00 p.m.)

04 de Abril de 2012

Reproducir
Nota:
79922
En vigencia de la Ley 909 del 2004, los nombramientos en provisionalidad solo pueden ser declarados insubsistentes mediante acto administrativo motivado. Así lo aclaró el Consejo de Estado al precisar que, por el contrario, bajo la Ley 443 de 1998, la desvinculación de estos empleados no debe ser motivada. En ese sentido, sostuvo que no existe esa discrecionalidad en el retiro, luego de la Ley 909, de los nombrados en provisionalidad antes de esta normativa. En todo caso, aclaró que la discrecionalidad de la desvinculación de estos empleados, bajo la Ley 443, encuentra fundamento en el artículo 125 de la Constitución (C.P. Luis Rafael Vergara Quintero).

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)