En firme facultades de la ANTV en materia de concesiones de espacios públicos de televisión (2:56 p.m.)
08 de Julio de 2016
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Nota:
124756
La Corte Constitucional anunció la exequibilidad de varios apartes demandados y, en especial, de la expresión “la ANTV determinará el número de concesionarios y condiciones de los contratos, de acuerdo con los estudios técnicos y de mercado que se realicen para estos efectos”, contenida en el artículo 41 del Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018, el cual se relaciona con las concesiones de espacios públicos de televisión en el canal nacional de operación pública. Hay que resaltar que dicha autoridad nacional decidió en su momento que le entregará a un solo programador la titularidad de las horas en concesión del Canal Uno, con base en un estudio contratado con la Universidad Nacional. La institución universitaria definió que es viable y ofrece más ventajas contar con un único concesionario. El accionante consideraba que haber derogado el límite máximo de horas que pueden ser dadas a un concesionario de espacios dentro de un canal nacional de operación pública vulneraba la libertad de fundar medios masivos de comunicación televisivos y la garantía del pluralismo informativo y de igualdad de oportunidades en el acceso al uso del espectro electromagnético. Al respecto, la Sala determinó que los apartes demandados de los artículos 41 y 267 de la Ley 1753 del 2015 por el excomisionado de televisión Eduardo Noriega no vulneran la Carta Política, al no lesionarse la competencia directa de la ley para fijar la política en materia de televisión. En el transcurso de la semana, a través del habitual comunicado de prensa, se esperan más detalles sobre esta decisión.
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