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Reglamentan el registro calificado de programas de educación superior y la oferta y el desarrollo de los mismos (8:00 a.m.)

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22 de Abril de 2010

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En cumplimiento de la Ley 1188 del 2008, el Gobierno acaba de reglamentar el registro calificado de programas de educación superior, que deben obtener las instituciones de educación superior que pretendan ofrecer y desarrollar cualquier programa académico. El registro calificado será otorgado por el Ministerio de Educación Nacional, mediante acto administrativo motivado, y tendrá vigencia de siete años a partir de su ejecutoria, contempla el Decreto 1295 del 2010. La norma establece las condiciones para obtener el registro calificado de programas de pregrado, especialización y maestría y regula los créditos académicos, los programas estructurados por ciclos propedéuticos, a distancia y virtuales y los convenios para el desarrollo de programas académicos, entre otras materias.

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