Destinación específica de los recursos del sistema general de participaciones no afecta la autonomía presupuestal de las entidades estatales (4:47 p.m.)
13 de Enero de 2010
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Nota:
63959
Aunque cada organismo estatal goza de autonomía presupuestal en la ordenación del gasto, los recursos provenientes del sistema general de participaciones, regalías o planes departamentales de agua se apropian con un propósito específico, por lo que solo pueden utilizarse para el fin previsto en la ley y ejecutarse en pro de dicho objetivo, recordó la Superintendencia de Servicios Públicos. Señaló además que la contratación o suscripción de convenios es el mecanismo a través del cual se ejecutan los recursos públicos, siempre que se dé cumplimiento a las disposiciones legales vigentes y se atiendan los principios presupuestales de universalidad, especialización y anualidad, previstos en el Estatuto Orgánico del Presupuesto.
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