14 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 5 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / General


Desplazamiento forzado también se configura cuando se obliga a una persona a abandonar el municipio donde labora (11:26 a.m.)

02 de Febrero de 2010

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Nota:
64893
La Corte Constitucional reiteró que uno de los hechos centrales que configuran el desplazamiento forzado es la coacción que hace necesario el abandono de los bienes de la persona. La sala explicó que Acción Social no puede rechazar a una persona que solicite la inscripción dentro del Registro Único de Población Desplazada cuando esta manifieste que no fue obligada a abandonar su casa sino su empleo. Según la corte, los demás hechos que particularizan la situación de desplazamiento son accesorios y no pueden constituir el fundamento para desestimar la manifestación de una persona que afirma encontrarse en condición de desplazamiento. El alto tribunal tuteló el derecho al mínimo vital de una mujer de 65 años, cabeza de familia a la que le fue rechazada su solicitud de inscripción porque afirmó ser desplazada de un municipio que no era el de su domicilio, sino el de su lugar de trabajo (M. P. Luis Ernesto Vargas Silva).

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