Corte Suprema recuerda los límites de la libertad probatoria para el juez laboral (9:05 a.m.)
02 de Septiembre de 2014
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La Corte Suprema de Justicia llamó la atención a jueces laborales para que tengan en cuenta que la libertad probatoria que les ofrece el artículo 61 del Código Procesal del Trabajo no puede convertirse en “patente de corso” para dejar de apreciar el verdadero valor probatorio de los elementos allegados al proceso. En el caso concreto, dice, el juzgador incurrió en ese tipo de yerro al analizar aisladamente, y no en forma integral, la historia laboral del demandante y ahora recurrente, lo que derivó en un cálculo del tiempo de servicio menor al efectivamente prestado. La Sala sostuvo que el juez podía apreciar o no las semanas reportadas por el ISS, en las que además se advierte que están sujetas a corrección y verificación, pero erró al no comparar el registro de cinco años y ocho meses de cotizaciones, aproximadamente, con los aportes. La corporación indicó, además, que las pruebas no fueron tachadas de falsas, luego debían ser incluidas para contabilizar el número de semanas laboradas, que superaba el mínimo fijado por artículo 12 del Acuerdo 049 de 1990 (aprobado por el Decreto 758 de ese año) para hacerse a la pensión de vejez (M. P. Carlos Ernesto Molina).
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