Corte publicó comunicado sobre exequibilidad del estado de emergencia social en municipios fronterizos con Venezuela (8:00 a.m.)
06 de Diciembre de 2010
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Nota:
70321
La Corte Constitucional dio a conocer el comunicado de la sentencia que declaró exequible el Decreto 2693 del 2010, mediante el cual se declaró el estado de emergencia social en los municipios fronterizos con Venezuela. Según el alto tribunal, la norma cumplió con los presupuestos fáctico y valorativo, además del juicio de suficiencia que se exige de todo estado de excepción. Respecto al primero, la ruptura imprevista de relaciones fue un hecho sobreviniente que ameritó la declaratoria. El presupuesto valorativo se cumplió porque la imposibilidad de intercambio comercial, de circulación de personas en la zona de frontera, el cierre de establecimientos y el aumento del desempleo supuso una amenaza de afectación social y económica en la zona. Finalmente, el alivio tributario y la fórmula de dación en pago para saldar deudas o sanciones fiscales pendientes, que estipula el decreto, eran medidas de reserva legal y por lo tanto requerían de la habilitación excepcional al Ejecutivo. Los magistrados Jorge Iván Palacio y Luis Ernesto Vargas salvaron su voto (M. P. Jorge Ignacio Pretelt).
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