Control de la Superintendencia de Servicios Públicos sobre actos o contratos de los prestadores se limita a los celebrados con los usuarios (3:55 p.m.)
15 de Julio de 2010
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Nota:
67478
La competencia de la Superintendencia de Servicios Públicos en relación con los actos y los contratos de las empresas prestadoras se limita de manera exclusiva a vigilar y controlar el cumplimiento de aquellos que se celebren entre estas y los usuarios, y no sobre las decisiones o actuaciones enmarcadas dentro de la autonomía administrativa de la empresa, pues en este caso se entraría a coadministrar, recordó la entidad, en reciente oficio.
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