14 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 1 hour | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / General


Consulta previaCreación de zonas de reserva campesina requiere consulta previa, en caso de afectación a grupos étnicos (9:10 a.m.)

03 de Julio de 2014

Reproducir
Nota:
61548
La Corte Constitucional consideró que aunque la falta de consulta previa para el establecimiento de zonas de reserva campesina no constituye un vicio constitucional en la formación de la Ley 160 de 1994, que las regula, si la conformación de una de esas áreas afecta a comunidades étnicas y tribales es necesario que se cumpla con este requisito. Bajo estas consideraciones, declaró condicionalmente exequibles los artículos 79, 80, 81 y 84 de dicha legislación, en el entendido de que se verifique la presencia o probable afectación que puedan padecer estos grupos en el establecimiento de áreas como las descritas. Los magistrados María Victoria Calle, Alberto Rojas y Luis Ernesto Vargas, si bien comparten la decisión de condicionar la constitucionalidad de los apartes demandados, anunciaron que aclararán sus votos (M. P. Jorge Ignacio Pretelt).

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)