EXTRA: Duque acata orden de sancionar ley estatutaria de la JEP
29 de Mayo de 2019
La Sala Plena de la Corte Constitucional, con ponencia del magistrado Antonio Lizarazo, informó la decisión que se profirió en torno a las seis objeciones de Iván Duque al proyecto de ley estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP).
Las normas objetadas se relacionaban con la reparación integral (art. 7º); los listados de desmovilizados (art. 63, inc. octavo); la facultad de investigación de la Fiscalía General (art. 79, inciso tercero, literal j); el ejercicio de la acción penal (art. 19, par. 2º); la extradición (art. 150) y el ofrecimiento de verdad (art. 153).
Es bueno contextualizar que el Senado le había devuelto al alto tribunal el proyecto de ley estatutaria de la JEP, para que definiera si las objeciones presidenciales procedían, ante el bloqueo en el Legislativo para decidir. Hace tres semanas, el expediente, que cuenta con más de 3.000 folios, proveniente del Congreso llegó a la Corte.
Así las cosas, el alto tribunal rechazó las objeciones, pues, en su concepto, sí se logró la votación necesaria en el Senado para archivarlas. 92 curules fue la base de cálculo de la Corte para aclarar la mayoría de votación en el Senado de objeciones a la JEP. Los 47 votos obtenidos garantizaron el rechazo a los reparos de Duque.
Ante la decisión, el jefe de Estado acaba de confirmar que en los próximos días sancionará esta normativa estatutaria para la justicia transicional.
Acato decisión de la @CConstitucional sobre las objeciones a la #JEP, pero es necesario reflexionar sobre las herramientas que deben seguir abiertas para corregir las cosas que no están saliendo bien. Tenemos que seguir construyendo una paz con legalidad y sin impunidad. pic.twitter.com/pophdBhUBk
— Iván Duque (@IvanDuque) May 30, 2019
Esta es la rueda de prensa completa del alto tribunal:
El viacrucis del proyecto de ley estatutaria de la JEP
Desde que se estaban adelantando las negociaciones de paz con la antigua guerrilla de las Farc se ha sostenido que la “columna vertebral” de los acuerdos es la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP). Así, el Congreso aprobó, a finales del 2017, el proyecto de ley estatutaria de la JEP, que estructura el funcionamiento de esta nueva instancia judicial.
Después, el proyecto fue enviado a la Corte Constitucional para revisión. A través de la Sentencia C-080 del 2018, el alto tribunal aprobó, con varios condicionamientos e inexequibilidades, esta iniciativa para la implementación de la justicia transicional en el país. Entonces, se ordenó ajustar el texto con los reparos y los ajustes realizados y enviarlo al presidente Iván Duque, para su sanción y promulgación. (Lea: Listo fallo que respalda regulación estatutaria de la JEP)
No obstante, el mandatario, por razones de inconveniencia, objetó seis de los 159 artículos de esta normativa e informó que presentará un proyecto de reforma constitucional a la JEP, anuncio de vital importancia al conocerse la decisión de la alta corporación judicial. (Lea: Detalle de las razones de Duque al objetar la Ley Estatutaria de la JEP)
Lo que ha seguido después es un profundo debate entre distintos sectores políticos y miradas jurídicas respecto al futuro de la JEP, que ahora se cierra con la orden de sanción de la ley.
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