Consejo de Estado unificará jurisprudencia sobre el reconocimiento del incentivo a los actores populares (10:20 a.m.)
27 de Abril de 2011
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Nota:
73304
El Consejo de Estado seleccionó para revisión dos acciones populares con el fin de unificar su jurisprudencia sobre el derecho de los actores populares a recibir el incentivo establecido en el artículo 39 de la Ley 472 de 1998 y el reconocimiento del beneficio económico en vigencia de la Ley 1425 del 2010. En una de las providencias, la Sección Tercera señaló que existen dos posiciones encontradas en la corporación, pues mientras la Sección Primera autorizó el pago a un actor popular por una acción que se interpuso antes de la vigencia de la Ley 1425, esta sección precisó que desde la entrada en vigencia de la norma no se reconocerían incentivos, aunque la acción popular se hubiera presentado antes. Por otro lado, en la segunda providencia, se plantea el reconocimiento del beneficio ante la inasistencia del actor a la audiencia del pacto de cumplimiento (M. P. Jaime Orlando Santofimio).
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