Consejo de Estado reiteró que privación injusta de la libertad acarrea falla en el servicio, más aún cuando las víctimas son personas en condiciones precarias (10:58 a.m.)
22 de Febrero de 2011
Reproducir
Nota:
71710
La privación de la libertad es la máxima sanción jurídica a la que se puede someter a una persona dentro del derecho penal colombiano, por lo que todo lo relacionado con esa medida debe manejarse y decidirse con el mayor cuidado y atención por los funcionarios judiciales, señaló el Consejo de Estado en decisión en la que condenó a la Nación a indemnizar a un reciclador de Cartagena, por una falla en el servicio, luego de que la Fiscalía lo detuviera de manera irregular por más de seis meses acusándolo de terrorismo. Señaló la Sección Tercera que las personas que solo cuentan con su condición humana para pedir el respeto de sus derechos y no tienen familia, no pueden sumar a las adversidades de su vida la demora, ineptitud e ineficiencia de los funcionarios judiciales encargados de definir sobre la privación de su libertad (C. P. Mauricio Fajardo).
Opina, Comenta