12 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 12 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / General


Consejo de Estado reiteró que la fuerza pública no puede someter a torturas a los detenidos por conductas delictivas (4:15 p.m.)

01 de Marzo de 2011

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Nota:
71577
El Consejo de Estado recordó que la conducta delictiva de una persona no le da derecho a los miembros de los cuerpos armados del Estado para quitarle la vida o someterlo a torturas que atenten contra su dignidad, pues los detenidos gozan de derechos consagrados no solamente en la Constitución y en los tratados internacionales de derechos humanos, de los cuales el Estado Colombiano hace parte, sino también en los normas reglamentarias establecidas para la fuerza pública. Por tal razón, la Sección Tercera condenó al Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) a indemnizar a las familias de cinco ex integrantes del M-19, que fueron retenidos, torturados y asesinados, por su presunta participación en un secuestro. La sala ordenó al director del DAS que presente un informe detallado sobre el cumplimiento de las condenas extra patrimoniales que le fueron impuestas a la entidad en la sentencia, entre las cuales está la presentación de excusas públicas a los familiares de las víctimas y la elaboración de una circular dirigida a los funcionarios de la entidad en el país para dar a conocer las consecuencias de tales conductas (C. P. Mauricio Fajardo).

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