Compañeros permanentes que no conviven no pueden declarar ante notario la existencia de una unión marital de hecho (8:00 a.m.)
06 de Enero de 2010
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Nota:
63896
Si una persona no vive en Colombia con su compañero permanente, porque este reside en el exterior, no se puede predicar que existe unión marital de hecho, ya que no viven en unión permanente, requisito indispensable para que se configure. Así lo señaló la Superintendencia de Notariado y Registro en reciente concepto. Sin embargo, reiteró que el procedimiento a seguir por parte de los notarios para autorizar las escrituras públicas contentivas de declaración de la unión marital de hecho es el exigido para cualquier escritura, es decir, el documento idóneo de identificación de los otorgantes y, si así lo desean, para mayor control, los registros civiles de nacimiento de los mismos, con el fin de verificar si existe nota marginal de matrimonio y, de existir, si las sociedades conyugales han sido disueltas y liquidadas.
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