15 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 5 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / General


Cesión de inmuebles de entidades públicas del orden nacional para vivienda de interés social debe ser gratuita y a través de acto administrativo (9:45 a.m.)

13 de Enero de 2010

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Nota:
63980
El Ministerio de Ambiente reiteró que cuando un inmueble fiscal de propiedad de una entidad pública del orden nacional se encuentra ocupado por viviendas de interés social con anterioridad al 30 de noviembre del 2001, esta deberá realizar la cesión a título gratuito mediante acto administrativo. Aclaró que cuando se trate de inmuebles de propiedad de otras entidades públicas, esta cesión es una facultad discrecional que procede en los términos señalados en el artículo 2º de la Ley 1001 del 2005. El acto administrativo deberá ser emitido por la autoridad propietaria del bien.

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