12 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 35 minutes | ISSN: 2805-6396

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Noticias / General


Anulan tutela que dividió pensión de sobrevivientes entre cónyuge y compañera permanente (2:59 p.m.)

06 de Agosto de 2014

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Nota:
62485
Por no vincular a la demandada, la Corte Constitucional anuló un fallo de tutela en el que esa misma corporación dividió el pago de una pensión de sobrevivientes por la convivencia simultánea del causante con su compañera permanente y su cónyuge. Sin embargo, decidió que, dado la avanzada edad de las afectadas, estas deben seguir gozando de los pagos hasta que no se dicte un fallo de fondo. En la providencia atacada (T-893 del 2011), la Sala Sexta de Revisión había ordenado que la mesada se dividiera en partes iguales a la compañera permanente y a la cónyuge, pero la Sala Plena, al analizar los cargos de nulidad, los encontró fundados, dado que la accionada demostró no haber sido notificada del trámite ni vinculada, en detrimento de su derecho al ejercicio de la defensa y la contradicción. La magistrada María Victoria Calle se opuso a la decisión, por considerar que la falta de vinculación de esta entidad era irrelevante, en tanto en el proceso de tutela no se discutía la exigibilidad de la obligación sino el derecho de las accionantes sobre la pensión ya reconocida (M. P. Jorge Ignacio Pretelt).

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