Sustracción de áreas de parques nacionales naturales no está permitida a ninguna autoridad (3:29 p.m.)
06 de Julio de 2018
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Nota:
108155
Ninguna autoridad cuenta con la facultad de realizar sustracción de áreas de los parques nacionales naturales o en los parques naturales regionales, ya que esta actividad contradice el sistema de protección del medio ambiente que establece la Constitución, precisó el Ministerio de Ambiente. La Corte Constitucional, en sentencias C-649 de 1997 y C-598 del 2010, en relación con las funciones de esta cartera y de las corporaciones autónomas regionales, declaró inexequible la expresión “sustraer”.
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