Facultad del Fondo Agropecuario de Garantías para otorgar garantías a proyectos agropecuarios se entregó antes de la expedición de la Ley 633 del 2000 (10:43 a.m.)
10 de Junio de 2010
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Nota:
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La disposición que le permite al Fondo Agropecuario de Garantías (FAG) otorgar garantía a los proyectos agropecuarios, de acuerdo con el reglamento expedido por la Comisión Nacional de Crédito Agropecuario, no vulnera el principio de unidad de materia con la Ley 633 del 2000 ni modifica el objeto o condiciones de funcionamiento del FAG, señaló la Corte Constitucional al declarar exequible el artículo 74 de dicha ley. Según la sala, la norma en su totalidad busca generar una reactivación económica, que a su vez contribuye a solucionar el problema estructural de las finanzas públicas. Añadió que antes de la expedición de la norma la Comisión Nacional de Crédito Agropecuario ya tenía la facultad de reglamentar las condiciones de otorgamiento de los avales del fondo (M. P. Jorge Ignacio Pretelt).
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