Alivio financiero a deudores del programa nacional de reactivación agropecuaria inicia trámite en el Senado (3:57 p.m.)
17 de Marzo de 2017
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Nota:
54799
La iniciativa, de autoría parlamentaria, busca beneficiar a los deudores del Programa Nacional de Reactivación Agropecuaria (Pran) y del Fondo de Solidaridad Agropecuaria (Fonsa). Así, todos los deudores del Pran y los deudores a 31 de diciembre del 2013 del Fonsa, creado por la Ley 302 de 1996, podrán extinguir sus obligaciones pagando de contado, hasta el 30 de junio del 2019, el valor que Finagro pagó al momento de adquisición de la respectiva obligación. Por otra parte, aquellos deudores que hayan realizado abonos a capital podrán extinguir sus obligaciones cancelando la diferencia entre el valor antes indicado y los abonos previamente efectuados. La iniciativa también consagra la opción del pago por cuotas, para lo cual los deudores deberán consignar como abono inicial a la deuda el 20 % del saldo. En cuanto al pago por costas judiciales, honorarios y valores por concepto de seguros serán asumidos por los programas Pran y Fonsa; adicionalmente, Finagro, o la entidad que obre como administrador o acreedor de las obligaciones, se abstendrá de adelantar su cobro judicial a partir de la entrada en vigencia de la ley y hasta el 30 de junio del 2019, término dentro del cual se entenderán suspendidas tanto las acciones de cobro como la prescripción de las mismas y sus garantías, conforme a la ley civil. Por su parte, se prohíbe adelantar el cobro judicial contra un deudor cuando el monto total del crédito por concepto de capital para las distintas obligaciones en los programas Pran o del Fonsa sea igual o inferior al equivalente en el respectivo año a seis salarios mínimos mensuales legales vigentes (smmlv), caso en el cual solo se podrá adelantar el cobro prejudicial. La propuesta ya cuenta con ponencia positiva para primer debate, el cual se llevará a cabo en la Comisión Tercera del Senado.
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