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Sancionan a juez por abstenerse de nombrar a una profesional

30 de Diciembre de 2015

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El Consejo de Superior de la Judicatura confirmó la sanción de un salario mínimo legal mensual vigente e inhabilidad especial para ejercer funciones públicas por 30 días a un juez civil municipal de la ciudad de Bogotá (Lea también: Principio de confianza debe ser tenido en cuenta para determinar relación especial de sujeción)

 

El fallo sancionatorio se dio al comprobar la conducta omisiva realizada por el disciplinable de abstenerse, sin ningún fundamento legal, de posesionar a una profesional en el grado de secretaria que había concursado y superado todas las etapas de ingreso a la carrera judicial.

 

El argumento indicado por el funcionario jurisdiccional para no dar cumplimiento a lo ordenado por la Sala Administrativa del  Consejo Seccional de la Judicatura de Bogotá obedeció a que, en su criterio, la elegible no cumplía con el requisito de dos años de experiencia relacionada para ocupar el mencionado puesto (Lea: Omitir denuncia disciplinaria contra funcionario de conducta irregular constituye falta grave).

 

Con base en lo anterior, la alta corporación aclaró que no era labor del acusado verificar el cumplimiento de los requisitos mínimos para el cargo, toda vez que tal como lo dispone el Acuerdo 106 de agosto 16 del 2006, dentro del proceso de selección hay una etapa de “verificación de requisitos”, el cual ya había superado la aspirante.

 

Así las cosas, concluyó que dicho comportamiento se erige en una falta disciplinaria, donde el actuar del operador de justicia investigado trajo como consecuencia la afectación de la naturaleza esencial de la administración pública.

 

(Consejo Superior Judicatura, Sentencia 11001110200020110376501 (1086825), 30/09/2015 )

 

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