Texto aprobado en penúltimo debate del proyecto que reglamenta el cobro del arancel judicial (5:07 p.m.)
04 de Junio de 2010
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Nota:
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Todos los procesos civiles, comerciales, contencioso administrativos y los arbitramentos, cuando el monto de las pretensiones supere los 200 salarios mínimos legales mensuales, deberán pagar un arancel del 2% de la base gravable, que será calculada según las condenas por suma de dinero, por obligaciones de dar bienes distintos de dinero o por obligaciones de hacer, entre otras. Así lo establece el texto aprobado en penúltimo debate por la Comisión Tercera del Senado.
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