12 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 11 hours | ISSN: 2805-6396

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Participación de congresistas en debate del acto legislativo que les permitió cambiar de partido no configuró conflicto de intereses (2:20 p.m.)

08 de Julio de 2011

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Nota:
74622
La utilización efectiva de la posibilidad que creó el Acto Legislativo 01 del 2009, para cambiar de partido político sin necesidad de renunciar a la curul o incurrir en doble militancia, debe ser posterior a la norma, por lo que no se generó conflicto de intereses entre los congresistas que votaron el parágrafo de dicho proyecto y usaron de la medida. Así lo señaló el Consejo de Estado al negar la solicitud de pérdida de investidura del representante a la Cámara Telésforo Pedraza. La Sala Plena explicó que la posibilidad no era exclusiva del congresista demandado, sino de todos los miembros del Congreso, por lo que no existe un beneficio particular. Además, excluyó la existencia de un conflicto de intereses porque la oportunidad que concedió la norma constitucional trascendió la esfera personal del demandado y se extendió a los cuerpos colegiados de elección popular. Finalmente, la corporación explicó que la norma aprobada es de naturaleza constitucional y la propia Corte ha señalado que la participación en su trámite legislativo no hace incurrir en conflicto de intereses a los congresistas que la deben votar (C. P. Enrique Gil Botero).

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