La reanudación de concursos por la inexequibilidad del Acto Legislativo 01 del 2008 debía reivindicar los derechos de quienes no se presentaron a las pruebas eliminatorias (8:30 a.m.)
03 de Enero de 2012
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Nota:
78050
El Acto Legislativo 01 del 2008 previó la incorporación automática de los empleados provisionales al sistema de carrera administrativa, por lo que también ordenó suspender todos los trámites de los concursos de méritos respecto de los cargos de carrera vacantes de forma definitiva ocupados por servidores en calidad de provisionales o encargados. Así lo afirmó la Corte Constitucional al concluir que la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC) no suspendió en estos términos la Convocatoria 001 del 2005 y, por el contrario, dejó de establecer las distinciones de quienes estaban cobijados por la reforma constitucional y quienes no lo estaban. Por ello, unos optaron por no inscribirse a la segunda fase y otros decidieron inscribirse a la misma, aunque luego no se presentaron a la pruebas. Con ocasión de la declaratoria de inexequibilidad del acto legislativo y de la orden de reanudar los concursos, la CNSC trató de corregir sus actuaciones, pero no garantizó los derechos de todos, pues las medidas solo reivindicaron los derechos de quienes no se inscribieron a la segunda fase y no frente a los participantes que, si bien se inscribieron a dicha etapa, no se presentaron a la aplicación de las pruebas eliminatorias a las que fueron citados. De esta forma, la Corte ordenó, con efectos inter comunis, que estos últimos participantes sean incluidos en la convocatoria mencionada (M.P. Gabriel Eduardo Mendoza Martelo).
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