Juez puede solicitar en el auto admisorio la remisión de los documentos en copia hábil, para evitar decisiones inhibitorias (11:04 a.m.)
18 de Julio de 2011
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Nota:
74830
El Consejo de Estado señaló que la presentación en copia simple de los actos administrativos que se demandan es una obligación del demandante, pero el juez de conocimiento puede solicitar a la entidad la remisión de los documentos en copia hábil y reiterar esa orden antes de que el proceso ingrese al despacho para fallo. De esta forma se evitan sentencias inhibitorias, advirtió el alto tribunal. En el caso concreto, la Sección Segunda le dio prevalencia al derecho sustancial sobre el formal y estudió de fondo una solicitud de reajuste de la mesada pensional, aunque solo se había allegado la copia simple la resolución que resolvía el recurso de la vía gubernativa. La corporación precisó que las decisiones adoptadas respecto de los recursos interpuestos en la vía gubernativa solo son demandables de manera individual o separada del acto principal cuando lo revoquen (C.P. Gerardo Arenas Monsalve).
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